Los dos métodos
- Objetivo: valor catastral del suelo × coeficiente según los años que tuviste el inmueble × tipo del ayuntamiento.
- Real: ganancia de la venta × parte que corresponde al suelo (suelo ÷ valor catastral total) × tipo del ayuntamiento.
Los coeficientes y el tipo los fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal, dentro de los máximos de la ley.