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Plusvalía municipal

Vendí con pérdidas y pagué la plusvalía

Si vendiste por menos de lo que te costó, no hubo ganancia y no tenías que pagar la plusvalía. Si la pagaste mediante autoliquidación, puedes pedir que te la devuelvan, con intereses, durante 4 años desde el pago.

Cómo se pide

  1. Reúne las escrituras de compra y de venta y el justificante de pago de la plusvalía.
  2. Presenta al ayuntamiento una solicitud de rectificación de la autoliquidación y de devolución de ingresos indebidos.
  3. Si el ayuntamiento la rechaza o no responde, se puede recurrir.

Si te lo calculó el ayuntamiento

Si fue una liquidación del ayuntamiento y no la recurriste a tiempo, la vía es otra (nulidad) y se mira caso a caso. El comprobador te dice qué vía podría corresponderte.

Preguntas frecuentes

¿Cómo demuestro que vendí con pérdidas?

Con las escrituras de compra y de venta: si el precio de venta es menor que el de compra, no hubo ganancia.

¿Me devuelven también intereses?

Sí. En una devolución de ingresos indebidos, además de lo pagado se devuelven intereses de demora desde el pago.