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Vuelos

Indemnización por retraso de vuelo

Si llegas a tu destino final con 3 horas o más de retraso, te pueden corresponder 250, 400 o 600 € por pasajero según la distancia del vuelo, salvo que la aerolínea pruebe que hubo circunstancias extraordinarias.

Cuánto te corresponde

La cifra depende solo de la distancia del vuelo, no del precio del billete:

Compensación por pasajero según la distancia (Reglamento CE 261/2004, art. 7)
Distancia del vuelo Por pasajero
Hasta 1.500 km 250 €
De 1.500 a 3.500 km, o dentro de la UE de más de 1.500 km 400 €
Más de 3.500 km 600 €

Cómo se cuenta el retraso

Lo que importa es la hora a la que llegas a tu destino final, no la hora de salida. Si tenías una escala y perdiste la conexión por el retraso del primer vuelo, se mira el retraso con el que llegaste al final del viaje.

La compensación empieza a partir de 3 horas. Si llegaste con 2 horas y 59 minutos de retraso, no hay compensación económica.

Qué tiene que darte la aerolínea mientras esperas

Aunque no haya compensación, en retrasos largos la aerolínea tiene que darte asistencia: comida y bebida según la espera, la posibilidad de comunicarte y, si tienes que pasar la noche, hotel y transporte hasta él (artículos 6 y 9 del Reglamento 261/2004). Guarda los tiques de lo que pagues tú.

Cómo reclamar

  1. Reúne los documentos: tarjeta de embarque o reserva y los mensajes de la aerolínea.
  2. Reclama a la aerolínea por su canal oficial de reclamaciones y guarda el justificante.
  3. Si no responde o te dice que no, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o a un abogado, que valorará si merece la pena reclamar.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuántas horas de retraso hay indemnización?

Desde 3 horas de retraso en la llegada a tu destino final. Con menos, no hay compensación económica, aunque puedes tener derecho a asistencia.

¿La compensación es por persona?

Sí. Cada pasajero de la reserva tiene derecho a su propia compensación, también los niños con billete.

¿Y si el retraso fue por mal tiempo?

La aerolínea puede no pagar si prueba que hubo circunstancias extraordinarias que no podía evitar, como una tormenta. Tiene que probarlo ella; no basta con decirlo.